Real Decreto – ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler
Real Decreto – ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler
Actualmente, España confronta desafíos considerables en relación de la vivienda, concretamente con el impedimento de acceso a la misma en materia de arrendamiento.
La reforma infructuosa de 2013, además no lograr los resultados esperados en cuanto a la oferta y moderación de precios, ha posicionado a aquel que arrienda una vivienda como residencia habitual en situación de debilidad, sufriendo condiciones mínimas de estabilidad y seguridad.
Ante esta situación, se han configurado medidas urgentes para evitar este debilitamiento por parte del arrendatario e igualar ambas posiciones jurídicas en la relación arrendaticia. Como motivo principal ante esta urgente necesidad se encuentra la pésima situación de inseguridad económica y social de las familias para hacer frente a la satisfacción del pago de estos arrendamientos.
En el caso de que no se formulasen las medidas adecuadas, el importe de arrendamiento irá en aumento probablemente, ya que su precio ha aumentado progresivamente en los tres años anteriores en un 15%. Se ha contemplado que el incremento de precios corresponde a lugares de una intensa actividad turística. Siendo las provincias cuyo precio ha aumentado más en los últimos años: Madrid, Barcelona, Las Palmas, Baleares, Málaga y Santa Cruz de Tenerife. A pesar de coincidir con ciudades con mayor intensidad turística pueden existir además otros actores que influyen en el precio de alquiler, pero es de destacar que coinciden.
Otro de los factores que inciden en el aumento del precio de vivienda es la carencia de viviendas sociales. Actualmente España sólo entrega cobertura de vivienda a menos del 2,5 de los hogares frente a porcentajes notablemente registrados en países cercanos de Europa. Además, atendiendo a estas situaciones de precariedad de las familias después de la crisis económica, los desahucios relacionados con contratos de arrendamiento están aumentando anualmente en una proporción muy cercana al 5%.
En este contexto, se antojaba necesario el formular medidas para enmendar los efectos no positivos de la reforma de 2013, a través de una serie de medidas que verás posteriormente.
También en este punto es imprescindible garantizar nuestra responsabilidad internacional con los acuerdos en relación a derechos sociales, en esto cabe destacar el Dictamen del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales del Consejo Económicos, Sociales y Culturales del Consejo Económica y Social de Naciones Unidas, del 20 de junio de 2017.
Por último, un motivo que precisa de extrema urgencia es la necesidad de hacer frente a aquellas deficiencias en materia de accesibilidad que sufren personas con movilidad reducida y discapacidad. Es urgente atender a la pésima situación en la que viven aquellos que se encuentran afectados por condicionantes físicos.
A continuación puede consultar el Cuadro comparativo reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos