Nuevos cambios en el Código de buenas prácticas: Se regulan los tipos de interés en los préstamos hipotecarios sobre vivienda
Nuevos cambios en el Código de buenas prácticas: Se regulan los tipos de interés en los préstamos hipotecarios sobre vivienda
Real Decreto- Ley 19/2022, de 22 de noviembre. Código de buenas prácticas: Regulación de los tipos de interés en los préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual
El Consejo de Ministros ha vuelto a activar la maquinaria legislativa con el objetivo de paliar los efectos que la guerra de Ucrania está causando sobre los precios a nivel global y, en consecuencia, sobre la economía doméstica. Sin embargo, como viniera ocurriendo con la crisis sanitaria y económica causada por la COVID-19, esta vorágine legislativa viene afectando a numerosos cuerpos legislativos que vienen siendo reformados a base de aprobación de Reales Decretos.
En esta ocasión se ha establecido un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en los préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual mediante el Real Decreto-Ley 19/2022, de 22 de noviembre, publicado en el BOE de fecha 23 de noviembre de 2022, el cual a su vez modifica el Real Decreto-Ley 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. En definitiva, el objetivo del Real Decreto-Ley es la adopción de una serie de medidas para hacer frente a la situación de los hogares con deuda instrumentada en préstamos o créditos con hipoteca inmobiliaria sobre vivienda habitual generada por el alza acelerada de los tipos de interés.
Dentro de las novedades principales del referido cuerpo normativo destacan las siguientes:
1.Se propone el establecimiento de un nuevo Código de Buenas Prácticas, de carácter transitorio, durante un plazo de 24 meses al que podrán adherirse de forma voluntaria las entidades de créditos y personas, físicas o jurídicas, que realicen la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios.
2. Se modifica el Código de Buenas Prácticas existente hasta la fecha, que había sido incluido por el mencionado Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo.
3. Afectará a aquellas personas físicas que sean titulares de préstamos o créditos garantizados con hipoteca inmobiliaria sobre la vivienda habitual del deudor o del hipotecante no deudor, cuyo precio de adquisición no supere los 300.000 €.
4. Se modifica el umbral de exclusión establecido en el artículo 3 del Real Decreto-Ley 6/2012 de 9 de marzo, acomodándose el perfil de aquellos deudores que puedan considerarse incluidos dentro del referido umbral a las circunstancias económicas actuales, que distan de la establecida en el año 2012.
5. Se establecen una serie de medidas en orden a facilitar a todos los consumidores y usuarios la conversión de los préstamos hipotecarios de tipo variable a tipo fijo o la subrogación del acreedor hipotecario, con el objetivo de incentivar la competencia del mercado financiero de préstamos hipotecarios y que los prestatarios puedan a acudir a entidades financieras distintas de las contratadas previamente para conseguir mejores condiciones económicas.
Además del establecimiento de nuevas reglas relativas al Código de Buenas Prácticas, con la consiguiente modificación de algunos artículos del Real Decreto Ley 6/2012, esta nueva norma modifica los siguientes cuerpos normativos:
- El texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre
- La Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
- Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania
Puede comprobar el texto íntegro del Real Decreto-Ley 19/2022, de 22 de noviembre, en el siguiente enlace.
IGNACIO LÓPEZ BARÓN
ABOGADO