Pleno del Tribunal Supremo sobre gastos hipotecarios
Pleno del Tribunal Supremo sobre gastos hipotecarios
No ha dejado indiferente a nadie la última Sentencia número 1505/2018, de 16 de Octubre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Supremo, tanto ha sido así que el presidente del Alto Tribunal, Don Luis María Díez-Picazo, ha decidido convocar un pleno jurisdiccional, que se celebrará el próximo lunes 5 de noviembre, en el que 31 magistrados tomarán la decisión sobre quién debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados en los préstamos hipotecarios.
La decisión de los 6 Magistrados que componen la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se ha dejado en ‘cuarentena’ a la espera de que el Pleno se reúna y tome una decisión. Ello ha provocado una situación de incertidumbre generalizada, donde muchos factores entran en juego, entre ellos, la estabilidad del sistema bancario español.
No obstante, la Justicia, aunque lenta, acaba cayendo por su propio peso. Estamos ante una situación similar a la ocurrida respecto a las famosas Cláusulas Suelo, cuando se pensaba que el Tribunal Supremo optaría por un camino conservador respecto a la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo y finalmente acordó la retroactividad total.
En cualquier caso, todo parece indicar que es una cuestión que seguirá en el aire, pese a la decisión que finalmente se adopte el próximo 5 de noviembre, pues la última palabra la tiene siempre Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al igual que en las Cláusulas Suelo, tendrá que declinar la balanza a un lado o al otro, por lo que esto no acabará aquí.
La decisión de convocar el pleno y someter a la votación de todos qué criterio definitivo mantendrá nuestro Alto Tribunal no ha sido bien recibida por la sociedad española. Lo cierto es que parece un acto de excesiva prudencia, que nos lleva a pensar que finalmente se optará por una decisión conservadora, en pos de favorecer la estabilidad de nuestro sistema bancario, que tan fuerte ha acusado el golpe de esta última sentencia.
Sea cual sea la decisión que se tome el próximo lunes, entendemos que las reclamaciones de los gastos hipotecarios no deben cesar, pues existen argumentos suficientes y jurisprudencia notoria que da la razón a los consumidores, y es cada juez en cada caso particular el que decide sobre la nulidad de una cláusula que impone al consumidor unos gastos que no debió soportar.